http://www.europapress.es/sociedad/medio-ambiente-00647/noticia-gobierno-incluye-riesgo-volcanico-planes-proteccion-civil-20130125163206.html
Con énfasis en Canarias
MADRID, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan
Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico, cuyo objetivo es
establecer la organización y los procedimientos de actuación que
permitan asegurar una respuesta eficaz ante una emergencia volcánica.
Así se cumple la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre
Protección Civil, de 21 de enero de 1985, y de su Norma Básica. El plan
se aplicará en caso de emergencia por riesgo volcánico cuando esté
presente el interés nacional (competencia estatal), así como en otros
casos prestar apoyo a la comunidad autónoma afectada.
Será de aplicación en todo el territorio español y, en particular,
en las Islas Canarias, zona de mayor riesgo volcánico, donde este Plan
Estatal será complementario del Plan Especial de Protección Civil ante
el Riesgo Volcánico de la Comunidad Autónoma de Canarias.
El Plan Estatal se activará a partir de la declaración del ministro del Interior
de la situación de emergencia y su objetivo será movilizar, rápida y
eficazmente, los medios y recursos en auxilio de las personas, recursos
medioambientales y bienes dañados por una emergencia volcánica.
Además, se distinguen las medidas a adoptar en función de tres
fases: fase de intensificación del seguimiento e información, fase de
emergencia y fase de normalización.
El Acuerdo prevé la creación de un marco organizativo compuesto
por dos órganos administrativos: el Consejo de Dirección del Plan
Estatal, que se configura como órgano superior de apoyo al ministro del Interior
en la gestión de emergencias que hayan sido declaradas de interés
nacional, y el Comité Estatal de Coordinación, que tiene funciones de
coordinación de las actuaciones y valoración de la evolución e
interpretación de datos.
Asimismo, se constituye un Comité Asesor del Sistema de
Seguimiento e Información sobre Fenómenos Volcánicos, con la naturaleza
jurídica de comisión de trabajo.
|